Es totalmente legal no abonar salario alguno cuando el patrón lo estime conveniente, si el sueldo está pactado (de grado o por fuerza) entre empresa y empleado. No, no hablamos del siglo XIX: Ocurre aquí, ahora.
En caso de que exista un acuerdo no unánime entre los trabajadores de una empresa y el empresario por el que se permita a ésta dejar de abonar los salarios cuando corresponde por motivos económicos, un trabajador disconforme no podrá alegar el incumplimiento reiterado de la empresa en su obligación de pago para pedir la extinción de la relación laboral y la correspondiente indemnización, idéntica a la del despido improcedente.


1 comentario:
Eso debe ser en Espana, donde existe un estado de derecho para unos pocos.
Imaginemos si eso fuera en Cuba, el escandalo seria horroroso hasta con reunión del Consejo de Seguridad para comenzar a asesinar cubanos.
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